A- de 2000
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Octavio Rodriguez Sosa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prevalencia
- Importancia de la aplicación del precedente para definir una situación jurídica
- Causales
- Procedencia excepcional
- Improcedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la solicitud de nulidad formulada por el apoderado judicial del accionante en contra de la Sentencia T-176/99, proferida por esta Corporación.
Lo anterior, porque la aplicación de un precedente no puede originar la declaración de nulidad de la providencia empleada para el efecto, por ausencia de notificación de la misma a los sujetos partes del proceso judicial donde ésta es utilizada, pues la providencia que contiene el - stare decisis - guarda independencia absoluta con los casos donde ésta es empleada.
Se ordenó informar al solicitante que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DENEGAR la solicitud de nulidad formulada por el doctor ULISES BERNAL FLECHAS, quien actua como apoderado judicial del senor OCTAVIO RODRIGUEZ SOSA, en contra de la sentencia T-176 de 1999, proferida por la Sala Tercera de Revision de esta Corporacion.
- Segundo. Por Secretaria General, INFORMESE al solicitante que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.